9 de agosto de 2022

Derecho a ser oído de niños, niñas y adolescentes

Notas de Jurisprudencia.

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La Secretaría de Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación presentó una nueva nota de jurisprudencia sobre el derecho a ser oído de niñas, niños y adolescentes (NNyA). El documento, que incluye hipervínculos a la base online institucional, compila los pronunciamientos y expresiones más relevantes del Tribunal en esta materia.

Entre otros conceptos, resalta que la Corte, en sucesivos fallos, ha sostenido que este derecho constituye uno de los valores fundamentales de la Convención sobre los Derechos del Niño, y que el menor tiene derecho a ser escuchado en todo procedimiento judicial o administrativo que lo afecte, ya sea directamente o por medio de sus representantes. Alcance y valoración de la opinión del niño, participación en el proceso, restitución internacional, cuidado personal, procesos penales y extradición son los apartados que conforman la estructura de la publicación. 

En cuanto a la exigencia legal que impone a los jueces escuchar la opinión de los niños, se destaca, según los precedentes de la CSJN, que “la misma no implica el cumplimiento de una mera formalidad ni impide que aquellos puedan desatender sus preferencias si de los elementos obrantes en la causa surge que satisfacerlas no es conducente al logro de su superior interés, pero cuando las circunstancias del caso advierten sobre la necesidad de atender sus expresiones, es responsabilidad de los magistrados adoptar una decisión que, al contemplarlas, conjugue de la mejor forma posible todos los intereses en juego sobre la base de parámetros sustentados en una razonable prudencia judicial y teniendo en miras que es la conveniencia de la persona en formación lo que debe guiar la labor decisoria”.