Jueces Históricos

Juan Eusebio Torrent

Retrato del juez Juan Torrent

Juan Eusebio Torrent ha sido -hasta ahora- el único juez de la Corte que nació en la provincia de Corrientes (el 25 de diciembre de 1834). En 1856, tras egresar de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires con un estudio titulado “En los casos de crisis financieras en los pueblos, es por lo general más conveniente y preferible el empréstito a las contribuciones forzosa y a otro cualquier recurso extraordinario”, regresó a su provincia y fundó el Partido Liberal, el 15 de diciembre de 1856. Durante aquella época fue un ferviente opositor al gobierno central de la Confederación Argentina y también a los gobiernos correntinos de Juan Pujol y de su sucesor, José María Rolón.

En 1860 incursionó en el periodismo y fundó “La Libertad”, periódico que sería clausurado por orden de Rolón. Dos años más tarde resultó electo diputado nacional, pero se reintegraría a su provincia como presidente del Tribunal Superior de Justicia. 

En 1864 Torrent intervino en la redacción de la Constitución provincial reformada. Su hermano Luciano, en tanto, había integrado la Convención que sancionó la Constitución Nacional de 1853.

Durante la guerra con el Paraguay se incorporó al ejército como consejero privado del general Wenceslao Paunero y, entre 1866 y 1868, se desempeñó como ministro plenipotenciario en Brasil.

En 1877, siendo senador nacional, participó en el debate sobre el carácter secreto de las sesiones destinadas a presentar acuerdos, a lo que se opuso con sólidos fundamentos, aunque sus concepciones no prosperaron. Hubo que esperar hasta la reforma constitucional de 1994 para que se volviera a la publicidad de los acuerdos del Senado.

Torrent fue uno de los más destacados aliados del presidente Bartolomé Mitre en Corrientes y candidato a vicepresidente en la fórmula encabezada por aquel en 1874, derrotada por Nicolás Avellaneda y Mariano Acosta. En 1890 organizó y presidió la Unión Cívica en Corrientes, integró como vocal la Junta Directiva Nacional y en 1891 presidió la convención que proclamó la fórmula presidencial Mitre-Bernardo de Irigoyen.

El presidente Carlos Pellegrini lo nombró juez de la Corte por decreto del 13 de julio de 1892, en reemplazo de Calixto de la Torre. Durante los 10 años que se desempeñó como juez del Máximo Tribunal, compartió su labor con Benjamín Paz, Abel Bazán, Octavio Bunge y Luis Varela. En esta etapa, la Corte iría delineando a través de distintos fallos, algunas de las principales características del sistema argentino de control de constitucionalidad.

En ese sentido, Torrent intervino en el célebre caso “Cullen c/Llerena” (Fallos 53:420), sobre la existencia de facultades privativas y de cuestiones no justiciables que impiden la intervención judicial. Allí la Corte receptó en la jurisprudencia argentina la doctrina de las cuestiones políticas no justiciables, que coloca determinados actos de los poderes públicos más allá del alcance de la revisión judicial.

Por mayoría, con la firma de Paz, Bunge, Bazán y Torrent, dijo que los actos políticos de los poderes políticos de la Nación disponiendo su intervención en las provincias, no fundan un caso judicial. En disidencia, Varela sostuvo que las cuestiones políticas son solo cuestiones de soberanía y, si bien la Constitución no ha dado al Poder Judicial la facultad de dirimir conflictos entre el Gobierno Nacional y los gobiernos de provincia, tampoco puede pretenderse que la Constitución ha impuesto a éstas el deber de acatar, sin recurso, las medidas políticas del Gobierno Federal que sean contrarias a la Constitución.

También durante este período, mediante la interpretación constitucional, la Corte Suprema fue haciendo el deslinde de las competencias propias de los distintos órganos de gobierno y estableciendo el alcance de sus facultades y prerrogativas. Así, en “Alem” (Fallos, 54:432), con la firma de Paz, Varela, Bunge, Bazán y Torrent, se estableció el alcance de la potestad del Poder Ejecutivo de detener a una persona durante el estado de sitio.

Torrent firmó su última sentencia el 6 de julio de 1901, en la causa “O’Connor, Juan y otros c/ Provincia de Corrientes” (Fallos, 91:68). Allí, en disidencia, sostuvo la constitucionalidad de las guías de hacienda establecidas en su provincia.

Casado con María Clara Latorre -con quien tuvo seis hijos-, Torrent ocupó el cargo de ministro hasta su fallecimiento, el 23 de julio de 1901.