Enrique H. Martínez
Poco más de un año estuvo Enrique H. Martínez en la Corte Suprema. El presidente Julio Argentino Roca lo había nombrado en el cargo por decreto del 19 de junio de 1899, en reemplazo de Luis Vicente Varela.
Martínez nació en Buenos Aires el 27 de febrero de 1844. Estudió en la Universidad de Buenos Aires y obtuvo el título de abogado en 1869 con una tesis sobre “Reforma en las leyes sobre contratos”. Allí también se dedicó a la actividad docente. Inició su carrera ejerciendo la profesión y luego ingresó en la magistratura cubriendo cargos judiciales en la provincia de Buenos Aires y después en el fuero civil y comercial de la Capital. En 1880 lo nombraron juez en lo civil.
Resultado de su labor académica (ocupó la cátedra de Procedimientos en la Facultad de Derecho desde 1890 hasta su muerte), se editó en 1893 la obra “Apuntes de procedimientos sobre capellanías, recursos de fuerza, prueba de presunciones”.
En un artículo publicado en junio de 2009 en la Revista de Historia del Derecho, bajo el título “Voces y ecos del derecho castellano-indiano en los claustros universitarios: un ejemplo en los albores de la codificación”, se cita en varios pasajes la tesis de Martínez sobre los contratos e hipotecas. Entre otras menciones, se afirma que “el derecho castellano-indiano es percibido por algunos tesistas como algo propio (...) y Martínez, al plantear la necesidad de reformar la legislación sobre los contratos, se refiere también al derecho castellano como ‘nuestro Derecho vijente’ (sic)”.
Según ese texto, Martínez “se pronuncia acerca de la necesidad de la reforma, al sostener que ‘La legislación que nosotros recibimos de la Metrópoli, no podía seguir reglamentando en un todo las transacciones de la vida civil, en medio de la libertad, que bajo todas las formas y en todas sus aplicaciones, venimos proclamando desde 1810’”. Para Martínez, se agrega, “esta legislación está ‘en pugna con nuestra carta fundamental’” ya que “esas leyes (...), sin ninguna intervención del pueblo en su confección, solo son obra de monarcas despóticos, cuyos reales derechos ante todo aseguran’”. Añade el texto que “Martínez justifica la demora en la codificación debido a ‘las luchas intestinas’ que ‘han hecho escollar (sic) los esfuerzos de todos, hasta que recién hoy se hace posible el comienzo de la obra de una codificación, en armonía con los principios y las exigencias de la época’”.
Finalmente, la investigación da cuenta de que Martínez “apoya el Proyecto de Código en el que Vélez Sarsfield sostiene que la lesión enorme o enormísima no debe viciar los actos, y se abstiene de proyectar disposiciones sobre la materia”.
El breve período de Martínez en la Corte lo compartió con Octavio Bunge, Abel Bazán, Benjamín Paz y Juan Eusebio Torrent. Quizás porque firmaba los fallos como “H. Martínez” es que algunos escribían su nombre con hache -“Henrique”-. El primer caso en el que le tocó intervenir fue sobre el cobro de un crédito hipotecario. Allí el tribunal concluyó que “la acción por cobro de crédito hipotecario abandono de la cosa hipotecada, promovida por el Banco Nacional contra el poseedor de ella, corresponde a la justicia federal” (Fallos 79:61).
Martínez viajó a París a asistir a un hermano que estaba enfermo y falleció en la capital francesa el 21 de septiembre de 1900. Dos meses más tarde sus restos llegaron a Buenos Aires y el 22 de noviembre de aquel año la Corte firmó un acuerdo para convocar a los jueces a asistir a la inhumación de Martínez (Fallos 78:7).