Jueces Históricos

Esteban Imaz

Retrato del juez Esteban Imaz

“En todas las cosas sustanciales de la Corte, en su jurisprudencia, en su estilo y hasta en algunos de sus tabúes, hay una porción ‘Imaz’ que está allí desde hace tiempo y seguirá estando, bienhechoramente”. Así describía su colega Julio Oyhanarte la influencia de Esteban Imaz (1903-1980) en la historia del máximo tribunal, donde dejó una huella que trascendió su paso como ministro y se extendió a su gestión previa de más de dos décadas como secretario.

Es que Imaz (1), un abogado porteño que ya desde sus tiempos de estudiante en el Colegio Nacional de Buenos Aires y la UBA sobresalía por sus calificaciones, marcó una época en la Corte a tal punto que, por ejemplo, se le atribuyen varias de las expresiones emblemáticas que hasta hoy guían su funcionamiento. Entre ellas: las que sostienen que la Corte debe asegurar la primacía de la “verdad jurídica objetiva”, escapar del “exceso ritual manifiesto”, declarar admisible el recurso extraordinario en casos de “gravedad institucional”, y que resultan arbitrarias las sentencias que no son “derivación razonada del derecho vigente”.

Cuando aún cursaba su carrera universitaria (medalla de oro y premio Tedín Uriburu), que completaría con una tesis premiada sobre “El empréstito como recurso del Estado” y con la que obtendría el título de Doctor en Jurisprudencia, Imaz inició su carrera judicial como escribiente de un juzgado civil. Ya recibido, ascendería a secretario y luego a secretario ante la Cámara de Apelaciones.

En simultáneo, fue docente de Derecho Romano y comenzó a producir una vasta bibliografía que incluiría múltiples artículos y su obra más difundida: “El recurso extraordinario”, en coautoría con Ricardo Rey, publicado por la Revista de Jurisprudencia Argentina en 1943 (que tendría dos ediciones más en 1962 y 2000). 

Para entonces, ya se desempeñaba como secretario de la Corte (lo designaron en 1937) y exhibía un profundo interés en el estudio de la filosofía del derecho. Pronto tomaría contacto con la teoría egológica de Carlos Cossio y se convertiría en uno de sus principales seguidores. Este enfoque, basado en el pensamiento de Kant, la fenomenología de Husserl y el existencialismo de Heidegger, predicaba la experiencia del derecho como forma de completar la norma jurídica. Entre sus pilares, definía al derecho como “conducta en interferencia intersubjetiva”, diferenciándose de la tradicional identidad kelseniana entre derecho y norma, y estableciendo como axioma jurídico de la libertad que “todo lo que no está prohibido está jurídicamente permitido”. Imaz utilizaba esa teoría aspirando a encontrar la verdad jurídica en el acierto esencial, normativo y axiológico de las sentencias y las leyes.

Como secretario de Corte primero, y ya como ministro a partir de su designación el 3 de octubre de 1960 -el presidente Frondizi lo nombró para cubrir la vacante que había dejado Alfredo Orgaz al renunciar-, impulsó doctrinas de gran trascendencia y desarrolló un cuerpo jurisprudencial que resaltaba la importancia de la figura del juez, su “función creadora” y su “vivencia”, a la cual calificaba como “un eslabón, el último y decisivo, en la cadena de los órganos de la colectividad que participa en la creación del Derecho”.

Sobre el Tribunal sostuvo en el caso Penjerek que uno de sus principales deberes institucionales es la preservación de la confianza que la gente debe tener en la justicia de los jueces, en su idoneidad, en su honradez y en su neutral independencia.

Alejado de las tesis formalistas rígidas, pregonaba una interpretación dinámica y actualizadora de la Constitución. Para profundizar en su pensamiento son claves dos libros y un artículo: “La Esencia de la Cosa Juzgada y Otros Ensayos” de editorial Arayú, publicado en 1954, y la obra del mismo título, de editorial La Ley, publicada en 1996; y el artículo "La norma jurídica y su vivencia", en el volumen: "Del actual pensamiento jurídico argentino", de editorial Arayú, publicado en 1955. Ellos concentran la mayoría de su producción doctrinaria.

Imaz compartió la Corte en distintos momentos con Oyhanarte, Luis María Boffi Boggero, Aristóbulo Donato Aráoz de Lamadrid, Benjamín Villegas Basavilbaso, Pedro Aberastury, Ricardo Colombres, José Federico Bidau, Carlos Juan Zavala Rodríguez y Amílcar Ángel Mercader. Fue removido del cargo por decreto, junto con los demás integrantes del cuerpo, al producirse el golpe de Estado de 1966.

De carácter serio y modos formales, gozó de un reconocimiento unánime a su capacidad intelectual y su vocación de servicio. Casado con Aída Cossio (hermana del jurista cuyas ideas moldearon su trayectoria), tuvo tres hijos. Murió en Buenos Aires, el 24 de septiembre de 1980.

(1) Imaz o Ymaz escribía su apellido indistintamente como I o con Y. Esta última versión es la que con el tiempo se impuso en el uso habitual y en su obra intelectual. Sin embargo, en las sentencias firmaba Imaz.