Jueces Históricos

Francisco Delgado

Retrato del juez Francisco Delgado

Nacido en mendoza en 1795, Francisco Delgado (juez de la Corte entre 1863 y 1875) cursó sus estudios preparatorios en su ciudad natal, y a partir de 1814 continuó su formación en Córdoba, primero en el Colegio de Monserrat y luego en la Universidad Nacional de aquella provincia. Sus padres, Juan Francisco Delgado y María Josefa Alvarez, eran allegados a José de San Martín: él, por colaborar con el proyecto emancipador; ella, como madrina de la hija del General. 

Delgado fue miembro del Cabildo y de la Junta de representantes en Buenos Aires en 1820 y diputado en el Congreso Nacional reunido en Buenos Aires en 1824. En ese Congreso se designó a Rivadavia como presidente y se dictó una Constitución que terminó siendo rechazada por las provincias.

Ejerció la abogacía en Córdoba y en 1830 fue designado juez bajo la administración del General Paz. Diez años más tarde emigró a Chile, donde ocupó varios puestos honoríficos. En 1854 regresó al país para formar parte del primer senado de la Confederación en representación de Mendoza. El 26 de agosto de ese año, Urquiza lo nombró para integrar la Corte Suprema de la Confederación, tribunal que no alcanzó a funcionar. 

En 1862 volvió a ser electo senador por Mendoza, cargo que abandonó al ser designado por el presidente Mitre para integrar la primera Corte Suprema argentina junto a Francisco de las Carreras, Salvador María del Carril y José Barros Pazos. Entre otros, Delgado intervino en los casos “Chanfreau c/Provincia de Corrientes” (Fallos 10:59), en el que se analizó la posibilidad de someter a las provincias a la jurisdicción de la Corte Suprema de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 101 (hoy 117) de la Constitución; “Simón Luego” (Fallos 6:227), en el que se sostuvo la imposibilidad de que el Presidente de la Nación indulte a los procesados, y “Fisco Nacional c/Manuel Ocampo” (Fallos 12:134), donde el Máximo Tribunal sostuvo su carácter de órgano judicial supremo. 

También suscribió los casos “Videla” (Fallos 9:53), donde la Corte afirmó el carácter vinculante de su jurisprudencia; “Seste” (Fallos 1:317), donde se decidió que el Poder Ejecutivo no puede ser demandado por los particulares, y “Montaña” (Fallos 9:387), donde se declaró que el Poder Judicial carecía de facultades para hacer comparecer a quien previamente había sido detenido por el Poder Ejecutivo.

“Moderado en la lucha, paciente y abnegado en la adversidad, generoso en la victoria”, lo describía Onésimo Leguizamón, su colega en el máximo tribunal. “La vida del doctor Delgado podría servir para vaciar el molde del tipo del varón justo, del varón prudente”, agregaba.

Delgado se desempeñó como juez de la Corte hasta el día de su fallecimiento, a los 79 años, el 11 de septiembre de 1875.