Jueces Históricos

Octavio Bunge

Retrato del juez Octavio Bunge

La carrera profesional de Octavio Bunge, miembro del Máximo Tribunal entre 1892 y 1910, estuvo ligada desde siempre al ámbito judicial: primero como relator de la Suprema Corte bonaerense, luego como fiscal y, en  1873, como juez del crimen. Al organizarse la Justicia Nacional de la Ciudad de Buenos Aires fue nombrado vocal de la Cámara Criminal, Correccional y Comercial, según la competencia de entonces.

Bunge había nacido en Buenos Aires el 15 de marzo de 1844. Era hijo de María Genara Peña Lezica y Carlos Augusto Bunge Rauschembusch, un comerciante de origen alemán y descendiente de ministros luteranos que había llegado al país en 1827. Egresó de la Universidad de Buenos Aires en 1867 con la tesis “La imprescriptibilidad de la pena”. Tras ello emprendió un viaje por Europa y Estados Unidos que lo llevaría a escribir la obra “Viajes en Europa y América”, editada en 1882 en dos tomos.

Diez años después, por decreto del 13 de julio de 1892, el presidente Carlos Pellegrini lo nombró en la Corte nacional en reemplazo de Benjamín Victorica. Tras el fallecimiento de Abel Bazán, pasó a ejercer provisoriamente la presidencia de la Corte por ser el juez de mayor antigüedad, hasta que el 10 de mayo de 1905 –en tiempos en los que el titular del Poder Ejecutivo tenía la atribución de designar a la cabeza del Judicial– el presidente Manuel Quintana nombró en el cargo a Antonio Bermejo.

Durante el lapso en que presidió el tribunal, la Corte funcionó con cuatro miembros: el propio Bunge, Nicanor González del Solar, Mauricio Daract y Bermejo, hasta que se cubrió el cargo vacante con Cornelio Moyano Gacitúa. Más tarde compartiría la integración del cuerpo con Enrique H. Martínez, Juan Eusebio Torrent, Luis Vicente Varela, Abel Bazán y Benjamín Paz. 

Entre los casos en los que le tocó intervenir se destaca “Cullen c/Llerena” (Fallos 53:420), sentencia que recepta en la jurisprudencia argentina la doctrina de las cuestiones políticas no justiciables, que coloca determinados actos de los poderes públicos más allá del alcance de la revisión judicial. Allí la Corte, por mayoría, con la firma de Paz, Bunge, Bazán y Torrent, dijo que los actos políticos de los poderes políticos de la Nación, disponiendo su intervención en las provincias, no fundan un caso judicial. 

Bunge también suscribió sentencias que afianzaron la autoridad del gobierno federal sobre las provincias. Así, en “Otero c/Provincia de Córdoba” (Fallos 57:337) y en “Caruga c/Provincia de Buenos Aires” (Fallos, 61:409), entre otras resoluciones, el Máximo Tribunal reafirmó la posibilidad de someter a las provincias a la jurisdicción de la Corte de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 101 (hoy 117) de la Constitución Nacional.

Casado con María Luisa Arteaga,quien pertenecía a una ilustre familia uruguaya, Bunge tuvo ocho hijos y casi todos sobresalieron en los ámbitos de la ciencia, el arte y la política. Entre ellos Carlos Octavio, sociólogo y jurista; Delfina, poeta; Augusto, diputado socialista; Alejandro, economista, y Jorge, fundador de la ciudad de Pinamar.

El 10 de marzo de 1910 Bunge se jubiló; el 14 de agosto de ese mismo año falleció en la ciudad de Buenos Aires.